Una crítica a la prevención del delito en las Smart Cities, las ciudades del futuro
- Admin
- 20 mar 2018
- 5 Min. de lectura
Actualizado: 21 mar 2018
¿Qué es una “Smart City”? Según la página web OVACEN, cuando nos referimos a una Smart City o ciudad inteligente nos referimos a “una ciudad inteligente (intelligent city) que combina la tecnología con la información para mejorar la calidad de vida, reducir el coste energético y el impacto medioambiental”. Con anterioridad al concepto de ciudad inteligente existían también las ciudades sostenibles, ciudades habitables, ciudades sanas, ciudades seguras, ciudades verdes, etc.
La razón por la que aparecen estas ciudades inteligentes está en una cuestión socio-demográfica. Naciones Unidas señala que el 70% de los seres humanos habitarán en centros urbanos en 2050, con lo que advierten que el aumento de la población de las ciudades puede acabar resultando un problema en el aspecto social, ambiental y espacial. La tecnología aparece en forma de un nuevo mercado de consumo, las “Smart Cities” que aprovechan dicha situación social para abrir nuevos horizontes en cuanto a la seguridad, la sostenibilidad, la habitabilidad, entre otras cuestiones que es importante atender cuanto antes en las grandes ciudades del mundo.
Aunque el concepto de Smart City engloba varias dimensiones (gestión de recursos, transporte eficiente, edificios inteligentes, conexión local y global, productividad, educación, integración, salud, etc), nos centramos aquí en la seguridad que una ciudad inteligente puede ofrecer a sus ciudadanos. El objetivo, al fin y al cabo de la obtención del calificativo de ciudad inteligente es la mejora de la calidad de vida de los habitantes de dichas ciudades. Y si los protagonistas de las Smart Cities son los ciudadanos, estas ciudades sirven para detectar sus necesidades y reaccionando a esas demandas respondiendo a ellas mediante un sistema público bien organizado y en tiempo real. No sólo se trata de responder a las necesidades de los ciudadanos en tiempo real, sino incluso anticipándose a aquello que pueda ocurrir. El crecimiento continuo de las ciudades hace también que la seguridad pública sea una faena cada vez más complicada, lo cual provoca que se deban poner en marcha ciertas medidas que puedan garantizar el bienestar de los ciudadanos. Algunas de estas medidas tienen que ver con la optimización de la capacidad y el tiempo de respuestas de los servicios de emergencia y fuerzas de la seguridad a través de las aplicaciones tecnológicas; el aumento de la vigilancia de determinadas zonas mediante... ¿cámaras de vídeo-vigilancia?; la utilización de sensores que detecten de forma temprana incidencias como inundaciones, derrumbes, incendios, etc; los programas de formación que fomenten la colaboración ciudadana en materia de seguridad. En resumen, y a modo de crítica, las medidas de seguridad no parecen ser del todo completas ni eficaces. En primer lugar, el aumento de la vigilancia en determinadas zonas mediante el uso de cámaras de vídeo-vigilancia puede resultar controvertido, ya que no se trata de un sistema que prevenga el delito, y por otro lado es posible que muchas personas vean comprometido su derecho a la intimidad. Parece ese el punto más sensible del concepto de “seguridad” que tienen muchos organismos, los cuales se limitan a poner más cámaras de vigilancia y a aumentar el número de patrullas policiales. Debe tenerse en cuenta la Ley de Protección de Datos (15/1999 de 13 de diciembre LOPD) haciendo referencia a la “captación de imágenes” con fines de vigilancia, ya que la colocación de cámaras en la vía pública no es algo que se deba tomar a la ligera, existen una serie de pautas y condiciones que habrá que tener en cuenta. El Tribunal Constitucional también consideró la vídeo-vigilancia como un “sistema invasivo” y es por ello que se debe legitimar su tratamiento mediante algunas garantías, un tema que desembocó en la realización de la Instrucción 1/2006 de 8 de noviembre de la “Agencia Española de Protección de Datos”, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vídeo-vigilancia. Es importante que si se decide colocar cámaras de vídeo-vigilancia en la vía pública, se tenga muy en cuenta la regla de la proporcionalidad que existe entre la finalidad que se persigue con la colocación de dicho elemento y el modo en el que se tratan los datos conseguidos por dicho método. Por otro lado se debe informar de forma adecuada a la población que se están grabando o captando imágenes; el uso de las cámaras y videocámaras sólo será admisible cuando no exista un medio menos invasivo (esto es importante, por lo que hablamos de prevenir el delito o los comportamientos incívicos mediante otros sistemas menos invasivos); las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos; sí podrán tomarse “imágenes parciales” y “limitadas” de las vías públicas cuando sea imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende; el sistema de vídeo-vigilancia deberá ser respetuoso con los derechos de las personas y con el resto del ordenamiento jurídico (esto tiene que ver con la sensibilidad que supone el hecho de la colocación de dichos sistemas de vigilancia); las imágenes se conservarán por tiempo imprescindible para la satisfacción de la finalidad para la que se recabaron.
Si bien el tema de la colocación de cámaras de vídeo-vigilancia es una cuestión sensible y creemos que se trata de un sistema poco eficaz en cuanto a la prevención del delito y las conductas incívicas o desviadas en las ciudades, tampoco creemos acertada la cuestión de dotar las calles de más vigilancia policial. Dicho de otro modo, un exceso de policía en las calles podría provocar el efecto contrario en cuanto a la sensación de seguridad de las personas, ya que puede llevar a pensar “si hay tanto policía es porque aquí pasa algo”. Sí podría ser efectivo el hecho de que los agentes vayan de incógnito aunque exista un número de patrullas normal. Dejando de lado el tema policial también es muy importante la correcta conservación de los barrios para dotar a los ciudadanos de una mayor sensación de seguridad. Un sistema de limpieza adecuado en las ciudades y en sus barrios contribuye a un adecentamiento urbanístico, como describen Pons Díez, Xavier; Gil Lacruz, Marta, et al. (2008) en su libro “psicología comunitaria: descripción de un caso”, varias personas entrevistadas afirman que teniendo las zonas limpias y arregladas se permite disfrutar de un entorno “más adecuado”. Entre las soluciones que aportan está el asfaltado de las calles, la demolición de casas viejas, un mejor servicio de alumbrado, etc.
Parece ser que la tecnología no es la solución definitiva a los problemas de seguridad que comportan las grandes ciudades. Supone un gran reto para los encargados de llevar a cabo estas problemáticas y, en mi opinión, a veces se peca de no ver las soluciones más sencillas, sino de ir directamente a aquello que se cree que va a ser “el futuro”. La tecnología nos propone técnicas cada vez más avanzadas y prometedoras, pero no debemos dejar de lado otros sistemas tradicionales como es el buen mantenimiento de las zonas públicas y el fomento de la participación ciudadana en materias de seguridad, ya que la tecnología nos puede facilitar la vida en su cara amable pero también puede resultar controvertida cuando hablamos de sistemas que comprometen nuestra libertad y nuestro derecho a la intimidad en el espacio público.
Marta Pino.
Información detallada sobre cada una de las Smart cities: http://www.redciudadesinteligentes.es/index.php/municipios/ciudades?limit=12&limitstart=0
Mapa con las 81 ciudades miembro de la red española de ciudades inteligentes: http://www.redciudadesinteligentes.es/images/municipios/mapa-ciudades/miembros-reci.pdf
Xavier Pons Diez, Marta Gil Lacruz, José Mª Grande Gascón, Miguel Marín Jiménez. (2008). Psicología comunitaria: descripción de un caso. La Coruña: Netbio.

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